Ante tal evento, era innecesario notificar al Apoderado de la empresa a través del artículo 233 Ibidem, por es de presumirse que al diligenciar en las actas, examinó el expediente y observó la publicación de la Sentencia Definitiva que dista a diez (10) folios de su actuación. Sin embargo, a pesar de ello, no fue valida para el Juzgador de entonces, ya que la notificación debía ser practicada en su domicilio procesal. Es preciso recordar, que la Boleta de Notificación del Avocamiento se entregó en la dirección estampada en diligencia del 6 de diciembre de 2004, siendo fue recibida por el Abogado ALISKAY JAVIER URDANETA, en su condición de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES SABENPE; C.A; inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda bajo el N°: 9, Tomo: 163-A, Sgdo, de fecha 30 de julio de 1980, con posterior modificación de sus estatutos en el mismo Registro Mercantil asentada bajo el N°: 50,.....