Vista la diligencia suscrita por la Abogada en ejercicio LUISA MERCEDES DÍAZ, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana CARMEN COROMOTO HERNÁNDEZ MORENO, en fecha diez (10) de mayo del año 2017; en la cual apeló del auto de aclaratoria dictado en fecha nueve (09) de mayo de este mismo año, pasando de seguidas este Tribunal a hacer el siguiente pronunciamiento:
Nuestro Máximo Tribunal en sentencia de fecha 11 de mayo del año 2010 dictada por la Sala de Casación Civil expresó:
...Omissis...
(...) en la situación que se analiza cómo se indicó precedentemente, el demandado anunció recurso de apelación contra el fallo que resolvió las cuestiones previas que había propuesto. El Juez de Primera Instancia admitió el recurso y lo remitió al Juzgado Superior, quién conoció la apelación y revocó la decisión del a-quo. Contra esa decisión se anunció recurso de casación. Todo lo anterior revela una clara subversión del proceso asociado con la invalidación, pues, com.....