JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Maracaibo, quince (15) de Mayo de 2012. Años 201º y 153º.- Recibido de la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos, constante de un (01) folio útil y en dieciséis (16) folios sus anexos. Fórmese expediente y numérese. Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, se admite cuanto ha lugar en derecho. Observa este Tribunal que el ciudadano DANIEL ANDRES CARRILLO MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 17.805.020, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, debidamente asistido por la abogada en ejercicio GLADIS GUERRERO DE NOEL, venezolana, mayor de edad e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 40.816, solicita se le declare suficientes los derechos que tiene el como Único y Universal Heredero de la causante DELIA CECILIA MORALES MOLERO, quien era venezolana, mayor.....