este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición formulada por la ciudadana OLIVIA DIAZ G., para separarse del conocimiento de la presente causa y como consecuencia de lo aquí expuesto, se designa como Secretaria Accidental a la ciudadana FRINE GERTRUDIS URBAEZ MUJICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.282.933, quien labora en este Juzgado. REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA.-