Regístrese la presente resolución, y notifíquese a las partes a través del Departamento de Alguacilazgo. Impóngase a los penados de la presente, estando debidamente asistidos por su Defensa; también se ordena oficiar al ciudadano Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo, remitiendo Copia Certificada del presente cómputo y solicitando el traslado de los penados HECTOR JOSE MOLINA HOYOS, DANIEL ALEXANDER ORTIZ CONTRERAS Y FROILAN JOSE CALDERA LAGUNA, a este Tribunal para el día LUNES 19-05-2008, A LAS NUEVE (09:00) DE LA MAÑANA, a los fines de imponerlos de la presente decisión. Igualmente se ordena Oficiar a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia remitiendo Copia Certificada de la Sentencia Condenatoria dictada por el Juzgado Octavo de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, en contra de los antes referidos penados, a fin de que remitan a este Tribunal los antecedentes que puedan registrar los referidos penados, en relación al penado Daniel .....