En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este TRIBUNAL... decide:
PRIMERO: ...declara procedente la Admisión de los Hechos del acusado, conforme al artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: Se declara culpable y penalmente responsable al adolescente (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA), por la comisión del delito de CONTRABANDO AGRAVADO DE COMBUSTIBLE EN CALIDAD DE COAUTOR previsto y sancionado en el artículo 20, numeral 14 de la Ley sobre el delito de Contrabando, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO.
TERCERO: Tomándose en cuenta las pautas establecidas en el artículo 622 de la Ley Orgánica para la Protección del los Niños, Niñas y Adolescentes y atención a la admisión de los hechos realizada por el adolescente, este Tribunal impone como sanción al adolescente las medidas de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUC.....