Consecuencia de todo lo supra expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DE OFICIO, de conformidad con los artículos 70, 73 numeral 4, 74 numeral 2° y 75 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara COMPETENTE para conocer de esta causa y ordena ACUMULAR la causa Nº 1U-622-13, a la causa signada con el Nº 1U-612-13 que cursan ante este juzgado.
SEGUNDO: Se ordena notificar de esta decisión a la Defensora Pública ABG. GYOMAR PEREZ, quien representa al imputado en la presente causa acumulada a la principal e identificada en este juzgado bajo el Nº 1U-622-13 y a la Defensora Pública ABG. DIAMILYS LUGO, quien representa al imputado en la causa principal identificada con el N° 1U-612-13. Así mismo, se ordena notificar a la Fiscalía 31 y 37 del M.....