Por todo lo expuesto con anterioridad, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• PERIMIDA LA INSTANCIA y por consiguiente, EXTINGUIDO el presente proceso de ALIMENTOS, intentada por la ciudadana YUSLEIMY GREGORIA BOLAÑOS DE OROZCO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.707.557, domiciliada en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, contra el ciudadano CARLOS ISIDRO OROZCO QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.152.648, domiciliado en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.
• NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, de conformidad con la normativa estatuida por el legislador venezolano en el artículo 283 del vigente Código de Procedimiento Civil.