¿ LA NOTIFICACIÓN, de la ciudadana ANA HILDA ACEVEDO AGUIAR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. 14.053.835, domiciliada en el Municipio Sucre del estado Zulia, diciéndose actuar "...por mandato y representación de la ciudadana MARIA FRANCIASCA (sic) ANDRADE VILLEGAS,...", para hacerle saber que este Tribunal fijó un plazo de cuarenta y ocho (48) horas, contados a partir de que conste en autos su notificación, dentro del cual deberá corregir, si lo consideran pertinente, los defectos anotados anteriormente, debiendo hacer el señalamiento correcto en que consiste el supuesto agravio de los derechos constitucionales afectados, y supuestamente cometidos por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, por la decisión dictada en fecha 16 de marzo de 2011. Es de Advertir que de no corregir el defecto antes señalado en la oportunidad prevista en la parte final del artículo 19 eiu.....