Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA CONVERSION DE LA SEPARACION DE CUERPOS EN DIVORCIO formulada por los ciudadanos MAYLING ZULEIDY SOLORZANO CONTRERAS y SAULO ZAMBRANO USECHE, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.- 14.873.490 y V- 13.145.776 respectivamente, domiciliados en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que ellos habían contraído por ante el Registrador civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, el día diez (10) de Mayo de dos mil ocho (2008), según consta del acta de matrimonio No.059, que corre inserta en las actas. ASI SE DECLARA.
En lo que respecta a los bienes las partes manifiestan no haber ad.....