Seguidamente, este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara formalmente embargada preventivamente la cantidad de DOSCIENTOS SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS BOLIVARES FUERTES CON CINCO CENTIMOS (Bs. 207.226,05), suma intimada en pagar por el Tribunal de la causa, que se encuentra depositada en la cuenta corriente anteriormente señalada, a nombre de la empresa demandada, a tal efecto el funcionario de la entidad bancaria hizo entrega del Cheque de gerencia numero 39127424, de la cuenta No.01050067202067127424, del banco mercantil, Banco universal, por la cantidad antes mencionada a nombre del Juzgado de la causa.-