Este Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declaró: Primero: Su competencia para sustanciar y pronunciarse en la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano ANGEL RAMON CORTEZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.618.146, asistido por la Procuradora Especial de los Trabajadores abogada Milagros Narváez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 116.852, contra la empresa "INVERSIONES BROADWAY, C.A"., en acatar el contenido de la Providencia Administrativa, de fecha 08 de Septiembre de 2009, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos, incoada por el hoy accionante contra la presunta agraviante. Segundo: Inadmisible la .....