Este Juzgado Especial Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara formalmente SECUESTRADO el inmueble donde esta constituido y anteriormente identificado, por ser el mismo que aparece señalado en el despacho comisorio, tal y como fue determinado por el experto designado en este acto, y lo deja en posesión del tercero poseedor antes identificado, quien debera conservarlo en el mismo estado de conservación en que se encuentra, y se obliga a no arrendar, subarrendar, ceder a otro particular o persona juridica, sin la autorización del Juez de la causa, caso contrario incurriria en desacato a la orden judicial emanada y consecuencialmente seria responsable de las sanciones penales correspondientes.-