DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, decreta:
• NIEGA medida innominada de Prohibición de Innovar la SITUACIÓN REGISTRAL de la sociedad mercantil DISTRIBUCIONES INTERNACIONALES DE OCCIDENTE, S.A., (DICOSA). inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 21 de marzo de 1980, anotada bajo el No. 90, Tomo 9-A.
• NIEGA medida innominada de Prohibición de Innovar la composición accionaria sobre las ciudadanas EURIT DENICE VASQUEZ DE SALAZAR y AMINEANGEL SALAZAR VASQUEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.803.325, V-19.392.644, de este domicilio.
• DECRETA Medida Nominada de Prohibició.....