Por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos ALFREDO ALEJANDRO ROBLES ROBLES, como Único y Universal Heredero de la causante SELICA DE JESUS ROBLES.- ASI SE DECIDE.- Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese copia certificada para formar expediente.-
La Juez
Abog. Maria Idelma Gutiérrez
El Secretario
Abog. Gastón González U
En la misma fecha se devuelve constante de diez (10) folios útiles y se dejó copia certificada para formar expediente Nº1559-16 .-
El Secretario
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