Sent. 70-2016
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 15 de Marzo de 2016
205° y 157°
En vista de haber recibido este tribunal los documentos requeridos para decidir sobre la admisión, se le da entrada, y por cuanto no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho, fórmese expediente y numérese.- El ciudadano ALFREDO ALEJANDRO ROBLES ROBLES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.706.274, actuando en nombre propio, asistido por la abogada en ejercicio Yoleida Josefina Acosta Piña, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 148.210, domiciliados en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, solicita se le declare suficientes los derechos que tiene el, como Único y Universal Heredero de la causante SELICA DE JESUS ROBLES, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.819.778 y falleciera en fecha 07 de Junio de 2014, en Jurisdicción de la Parroquia Coquivacoa, Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- El solicitante acompaña los siguientes documentos:1) Acta de defunción; 2) Acta de nacimiento; 3) Copias de cédula; 4) Justificativo evacuado por ante la Notaría Pública Séptima de Maracaibo en fecha 22 de Febrero de 2016.- Por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos ALFREDO ALEJANDRO ROBLES ROBLES, como Único y Universal Heredero de la causante SELICA DE JESUS ROBLES.- ASI SE DECIDE.- Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese copia certificada para formar expediente.-
La Juez

Abog. Maria Idelma Gutiérrez


El Secretario

Abog. Gastón González U

En la misma fecha se devuelve constante de diez (10) folios útiles y se dejó copia certificada para formar expediente Nº1559-16 .-

El Secretario

Abog. Gastón González U
MIGV/GGU/FML.-