Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN LOS DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA el ABANDONO DE LA DEFENSA del ciudadano JOSE LUCIANO GONZALEZ, correspondiente a los abogados en Ejercicio WILLIAN SIMANCAS y PEDRO BARRETO, con fundamento en la norma establecida en la parte in fine del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Segundo aparte del articulo 310 del Ejusdem. SEGUNDO: Se acuerda librar boleta de notificación al acusado JOSE LUCIANO GONZALEZ, a los fines de que comparezca dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, a este Tribunal Único de Juicio, a los fines de que nombre un defensor de su confianza que lo asista en la presente causa seguida en su contra, o en su defecto se .....