Único: En la parte motiva de la sentencia, así como también la parte dispositiva existe discordancia entre el monto condenado a la empresa TRANSPORTE ADRIATICA, C.A.; es decir, se transcribe en letras un monto y en números otro monto, siendo lo correcto el monto escrito en letras, el cual es la cantidad de DOS MILLONES OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE BOLÍVARES CON NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 2.089.347,92). En consecuencia deberá la empresa accionada cancelar a la demandante, ciudadana ORLISAY PINO OCANTO, la mencionada cantidad. Se deja aclarado el punto referido. Es todo.-