DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Mara, Almirante Padilla Y Paez, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente reclamación alimentaria incoada por la ciudadana: MILAGRO DEL CARMEN POCATERRA MEDINA, contra el ciudadano: REINERIO FERNANDEZ FERNANDEZ, y a favor de la niña IDANA DEL CARMEN POCATERRA FERNANDEZ. En consecuencia tomando en cuenta el salario mínimo nacional fijado por el Gobierno Nacional en virtud que en las actas no se encuentra plenamente comprobada la capacidad económica del demandado y de conformidad con lo establecido en el artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del niño y del Adolescente, y tomando en cuenta el interés Superior del niño y Adolescente de conformidad con lo establecido en el artículo 8 ejusdem, y las necesidades de los niños, evidenciadas de factores tales como su edad, se fija como pensión alimentaria mens.....