Por los fundamentos expuestos esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el RECURSO DE APELACION DE AUTOS interpuestos por la profesional del derecho ANA IRENE SAEZ RIOS, Defensora Pública primera Penal Ordinario con Competencia Municipal en Mara, Almirante Padilla e Indígena Bolivariano Guajira, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Zulia.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nº 066-21, de fecha 12 de agosto de 2021, emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, con Competencia Territorial en los Municipios Mara, Almirante Padilla e Indígena Bolivariano Guajira