Examinados los documentos acompañados y la norma supra transcrita, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: como ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del de cujus WILLIAM ERNESTO MEDINA; quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número 5.180.500, domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia; fallecido el día primero (1°) de diciembre de 2017, en jurisdicción de la parroquia Germán Ríos Linares del municipio Cabimas del estado Zulia, a las ciudadanas NORIS DEL CARMEN JIMÉNEZ Vda. DE MEDINA y YESENIA DE JESÚS MEDINA JIMÉNEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 7.671.514 y 14.847.014, respectivamente, domiciliadas en municipio Cabimas del estado Zulia, en sus condiciones de cóny.....