Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada recurrente en contra de la sentencia de fecha diecisiete (17) de octubre del año 2012, dictada por el Tribunal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Laboral Trabajo de Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por los ciudadanos TOMAS ENRIQUE MORLES, CLAUDIO RAMÓN RIVERO PEÑA, ANGEL CALE SANCHEZ, LUÍS BALMIRO GONZALEZ BARROSO, ALI SEGUNDO NEGRON MORENO, LEONARDO RAMÓN LOZADA GONZALEZ y ANTHONY PINEDA MOLERO en contra de la sociedad mercantil PROTEBECA, C.A., TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha diecisiete (17) de octubre del año 20.....