este Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Ordena proseguir la presente causa por el Procedimiento Especial previsto en el articulo 94 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD al imputado EUCLIDES ANTONIO OLIVEROS CUENCA, Venezolano, natural de Cabimas, fecha de Nacimiento 31-03-64, de 44 años de edad, estado civil Casado, de profesión u oficio marinero, Titular de la Cedula de Identidad No. V-10.205.629, hijo de DENMA de Oliveros y Elmiro Rafael Oliveros, y domiciliado en el barrio libertad calle MAX García número de casa 44 cerca del CDI lagunillas, Estado Zulia, teléfono: 0424-6126517de conformidad con lo establecido en el Ordinal 3° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Pena.....