este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL PRIMERO DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, garantista del debido proceso, Administrando Justicia en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 578, literal "f" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, entra a resolver las cuestiones planteadas en la Audiencia Preliminar y en consecuencia DECRETA: PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE EL ESCRITO DE ACUSACION y las pruebas ofrecidas por la Fiscalía 37° del Ministerio Público, en contra del adolescente Se omite el nombre en virtud del Principio de Confidencialidad, Art 545 LOPNA) venezolano, titular de la cédula de identidad No. 19.392.516, de diecisiete años de edad, nacido en fecha 20-04-1988, hijo de RALLY ACOSTA y CARLOS KRISTEN, residenciado en la CALLE 85 FALCÓN, AVENIDA 3 A, CASA No. 84-204, SECTOR VALLE FRIO, MUNICIPIO MARACAIBO, por la comisión del delito de POS.....