Por las razones y fundamentos expuestos, este JUZGADO SEPTIMO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA EL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO al penado JOSE LUIS GUZMAN MARQUEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad Nº 10.831.172, hijo de María de Lourdes Márquez de Guzmán, residenciado en el Barrio Negro Primero, Segundo Callejón, N° 37, Maturín, Estado Monagas y quien deberá residir a partir de la presente fecha en la siguiente dirección: Barrio Sabana Grande, Av. 60 con calle 149B-60, casa N° 149B-23, diagonal al abasto los tres hermanos, Municipio San Francisco, Parroquia Marcial Hernández, el tiempo que dure la condena, presentarse cada tres (03) meses por ante este Tribunal y mensualmente por ante la Intendencia de la Parroquia Marcial Hernández, hasta el 11-01-2007 fecha en que cumple la sujeción a la vigilancia, todo ello de conform.....