Dispositiva
Por las razones antes expuestas, éste Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, administrando justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Sin Lugar, la inhibición realizada por la abogada Priscilla Páez, Jueza Suplente del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, fundamentada en la sentencia Nº: 02-2403, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 07 de agosto de 2003,sobre el hecho de que las causales establecidas en el artículos 82 del código de procedimiento civil no son taxativas . En consecuencia, remítase copias certificadas de la presente decisión por oficio al Juez que propuso la inhibición de los resultados de la misma. Líbrese lo conducente.-
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justici.....