DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN de la transacción realizada por el accionante EUDOMAR FERNANDEZ GONZALEZ, ya identificado, y la sociedad mercantil CENTRO DE SERVICIO AUTO CLEAN, C.A., por la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.50.000,oo) de la siguiente forma: VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs.25.000,oo) el día 30 de enero de 2015, a las diez de la mañana (10:00 a.m.) y el saldo restante esto es la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs.25.000,oo) para el día dieciocho de febrero de 2015, a las 10:00 de la mañana (10:00 a.m.), ambos pagos serán realizados en cheques girad.....