Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA POR IMPROCEDENTE EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, a el penado ALEXANDER ROMERO VALERA, Venezolano, natural de Machiques, nacido el 04-02-82, de 26 años de edad, quien no porta cédula de identidad, soltero, obrero Agrícola, hijo de MARTHA CECILIA VALERA (D) y de JORGE ROMERO, residenciado en El sector La Estrella y/o sector La Chinita, Parcela Divino Niño, La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia, quien fue condenado por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, mas las accesorias de Ley, como autor del delito de ROBO AGRAVADO y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 460 del Código Penal y articulo 278 ejusdem, en perjuicio de la ciudad.....