En consecuencia este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, como medida cautelar complementaria de la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en este proceso