En el día hábil de hoy, 14 de Diciembre de 2016, siendo las 2:25 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece la ciudadana JOHANNA MERCEDES SIERRALTA SIBADA en su carácter de parte actora asistida por el apoderado judicial abogado Andy Muñoz y DESPERTAR INTEGRAL, C.A, y SERGIO LOCATELLI en su condición de parte demandada, debidamente representada por la apoderada judicial abogada Deyanira Bravo, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada paga en este acto la cantidad de doscientos diez mil bolívares (Bs. 210.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.