Dispositiva
Por las razones de hecho y de derecho antes señaladas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Competente en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: Declara la prescripción de la pena impuesta, y en consecuencia, la extinción de la pena al ciudadano CARLOS JOAQUIN PEREIRA PEREIRA, venezolano, natural de Porlamar estado Nueva Esparta, titular de la cédula de identidad N° 6.254.006, residenciado en Mar Bella, Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, por haber trascurrido el tiempo establecido en el articulo 112 numeral 1 del Código Penal, para que opera la prescripción de la pena que le fue impuesta por el delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42 segundo aparte, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; tiemp.....