Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los ciudadanos RAFAEL ANTONIO ROMERO OLIVARES Y JESSICA BEATRIZ MOLINA ATENCIO, venezolanos, mayores edad, titulares de la cedula de identidad Nos V- 15.240.140, y V- ,16.367.012 respectivamente, cuyo domicilio conyugal estuvo fijado en la cuyo domicilio conyugal estuvo fijado en el Conjunto Residencial Las Naciones Delicias Norte, calle 58B, N 14B-53, Delicias Norte, en Jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos Municipio Maracaibo del Estado Zulia, contrajimos matrimonio el día 22 de diciembre del 2007, por ante el Jefe Civil y el Secretario de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, según se evidencia de copia certificada del Act.....