Por la razones de hecho y de derecho antes expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE PPRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION CABIMAS, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA AGOTADA SU JURISDICCIÓN en el ASUNTO VP11-P-2009-004158 contentivo de la causa seguida en contra de YOHNY GUILLERMO JIMENEZ, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 409, en su ultimo aparte del Código Penal, en perjuicio de AMBAR RAMOS VERA, GLORIMAR OSMAIRA VERA, YERVINSON ENRIQUE VERA y JOHANDA JOSEFINA VERA DE RAMOS; en virtud de la Sentencia Definitivamente firme N° 3C-041-10, dictada por este Tribunal en fecha 25-10-10, que condenó al acusado a cumplir la pena de CUATRO (04) y AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISION, conforme al procedimiento por Admisión de los Hechos; y ordena remitir las presentes actuaciones al Juzgado de Ejecución del Circuito judicial Penal del.....