Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EN FUNCIONES DE JUICIO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la solicitud interpuesta por el abogado GONZALO GONZALEZ COLINA, de una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, a favor de los acusados ciudadanos ALEXANDER JOSE GARCIA y RAFAEL JOSE GARCIA, y en consecuencia Mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad; todo de conformidad con lo previsto en el artículo 250 en concordancia con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese la presente decisión y notifíquese. CUMPLASE.-
LA JUEZ DE JUICIO,
ABG. ELIDA ORTIZ
LA SECRETARIA
ABOG. SOLANGE VILLALOBOS
En la misma fecha se registró la presente resolución bajo el Nro.....