Por los fundamentos expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de conversión de la Separación de Cuerpos en Divorcio, y en consecuencia disuelto el Matrimonio Civil contraído por los ciudadanos MARTIN ENRIQUE MADUEÑO JELAMBI Y OBYS JOSEFINA BRACHO ALVARADO, ante la Jefatura Civil de la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, el día 27 de Abril de 2002, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio No. 118