Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONCEDE la fórmula alternativa de cumplimiento de la pena de DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO al penado ALEXANDER GONZALEZ CHIRINOS, de Nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 23 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Ayudante de Mecánica, titular de la cédula de identidad N° V-17.231.-661, hijo de ALONSO GONZALEZ y de VILMA CHIRINOS, y residenciado en el Barrio Jesús de Nazaret, avenida 99B, casa N ° 36B-04, Maracaibo, Estado Zulia; para cumplirlo en el Centro de Tratamiento Comunitario ¿Dr. MANUEL MATOS ROMERO¿ de esta ciudad, de conformidad con lo establecido en el Artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario.