es por lo que esta Jueza del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, declara Primero: Con lugar la solicitud incoada por la ciudadana Natalia Elena Salcedo Villarroel, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-16.246.577, en beneficio de los niños "Identidad Omitida de conformidad con el Articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes".
. Segundo: AUTORIZA a la ciudadana Natalia Elena Salcedo Villarroel, plenamente identificada para que acuda ante la autoridad competente, a realizar los trámites necesarios tendentes a la obtención del Pasaporte de los niños de autos. LA PRESENTE NO AUTORIZA VIAJE. Tercero: Cert.....