DISPOSITIVA
Por los fundamentos y razones antes expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por el Defensor Público 23° Penal Ordinario (E) Abogado RAFAEL ANTONIO SOTO RUBIO, actuando con el carácter de defensor del ciudadano ANGEL ARTURO BRITO MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad N° 9.797.411, a quien se le sigue la presente causa penal, por la presunta comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y en consecuencia se deja sin efecto la fijación del juicio oral y público en lo que respecta al ciudadano Ángel Arturo Brito Martínez, toda vez que la decisión absolutoria dictada a favor del refer.....