PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la inhibición propuesta por la Profesional del Derecho IRIS RIERA LAMEDA, en su carácter de Juez Segundo de Primero Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, en el asunto N° VP11-P-2008-001379 contentivo de un proceso penal seguido en contra del imputado DIOMEDES ENRIQUE CHACIN HERNANDEZ, por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, en base a lo dispuesto en el ordinal 7 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese en el libro respectivo, déjese copia certificada en archivo y notifíquese a la Juez inhibida remitiéndole copia certificada de la presente decisión. Así mismo remítase el presente cuaderno de inhibición en la oportunid.....