Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Noveno de Juicio constituido en forma unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, en razón de haberse extinguido la acción penal, Decreta el Sobreseimiento de la Causa, a favor del ciudadano OSCAR ENRIQUE BAHORQUEZ MENDEZ, Nacionalidad venezolana, natural de La Cañada de Urdaneta Estado Zulia, Soltero, de profesión u oficio albañil, de 29 años de edad, titular de la Cédula d Identidad Nro. V- 12.620.606,, hijo de Oscar Bohórquez y Ana Méndez, y residenciado en la Cañada de Urdaneta, Sector el Venado, cerca del colegio Octavio Méndez, calle Nº 25 y casa S/N del Estado ZuliA por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal vigente para el momento de la comisión del hecho, cometido en perjuicio del ORDEN PUBLICO, todo de conformidad con lo establecido co.....