Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley,
declara:
1.-) SIN LUGAR la presente demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS, seguida por la ciudadana DENISE RAQUEL VALLES HUERTA, en contra del ciudadano ETTORE JOSE DE NICOLO.
2.-) SIN LUGAR la reconvención interpuesta por la parte demandada ciudadano ETTORE JOSE DE NICOLO.