Por los fundamentos de hecho y de derecho previamente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLÍVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA:
ÚNICO: PERIMIDA LA INSTANCIA en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES VÍA INTIMACIÓN, incoado por la SOCIEDAD MERCANTIL R4 BANCO MICROFINANCIERO, C.A., antes denominada MI BANCO, BANCO MICROFINANCIERO, domiciliada en la ciudad de Caracas y debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción judicial del Distrito Capital, Estado Miranda, de fecha 14 de junio de 2006, bajo el Nº 74, tomo 114 A Sdo, cuya modificación de denominación consta en acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 12 de diciembre de 2024, bajo el Nº 2, Tomo 343-A, inscrita ante.....