Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, ESTE TRIBUNAL DE JUICIO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE ORDENA EL REINGRESO del ciudadano: JORGE MIGUEL ALVARES RUIZ, quien fue condenado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION. más las accesorias de Ley establecidas en el artículo 66 de la Ley Especial de Género, por la comisión del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE de conformidad con lo dispuesto en el articulo 44 numeral 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, en perjuicio de la adolescente, (cuya identidad se omite de conformidad con lo previsto en el articulo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de conformidad con lo establecido en los artículos .....