II
DECISIÓN:
En virtud de las precedentes consideraciones, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO efectuado por el ciudadano querellante OSCAR ENRIQUE CORPAS GUERRERO, titular de la cedula de identidad Nº V-12.216.463, debidamente asistido por el abg. LUIS PRIETO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 112.259, contra el CUERPO DE POLICIA DEL ESTADO ZULIA, ADSCRITO A LA GOBERNACION DEL ESTADO ZULIA.
El Tribunal no hace especial pronunciamiento en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE y ARCHÍVESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines .....