En virtud de los razonamientos antes esgrimidos y de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 778 del Código de Procedimiento Civil, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara:
• PRIMERO: IMPROCEDENTE la cuestión previa opuesta, contenida en el numeral 9° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.
• SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por el Ciudadano ALBINO DE LA CRUZ MARQUEZ CEDEÑO contra la Ciudadana EUGENIA ISABEL ANGULO MALAVE; en consecuencia: Se procede a la partición y liquidación del bien común determinado, constituido por un inmueble consistente en una casa, constituida por dos (02) habitaciones, un (01) baño, porche, sala-comedor, cocina y lavandero; ubicada en la Urbanización Los Girasoles N° 64, Calle Principal de La toscaza, Municipio Piar del Estado Monagas; la cual consta aproximadamente.....