DECISIÓN: DECLARA: 1) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación. 2) MODIFICA el fallo apelado. 3) CONFIRMA la declaratoria de improcedencia de la extinción de Obligación de Manutención, dictada en sentencia de fecha 18 de enero de 2013, por el Juzgado del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en beneficio de la joven JOHANNA ESTEFANI GRIMAN NAVA, a cargo de su progenitor, ciudadano HUGO GRIMÁN. 4) MANTIENE la subsistencia de la cantidad fijada sobre el catorce por ciento (14%) de la pensión de jubilación que mensualmente devenga el progenitor; cantidad de dinero que deberá ser entregada personalmente a la beneficiaria, en su defecto, depositada en cuenta bancaria a su favor, o remitidas por la empresa al Tribunal de la causa. 5) ORDENA la entrega inmediata al progenitor de las cantidades de dinero retenidas por concepto de prestaciones sociales. Queda así modificado el fallo apelado. 6) NO HAY condenatoria en costas en virtud de la decisión.