Por lo antes expuesto, este Tribunal llega a la conclusión que no habiendo sido tachado de falso ni desconocido el documento fundamental en la presente causa, y en atención a la confesión ficta acaecida, se hace procedente declarar Con Lugar la presente demanda por Cobro de Bolívares; así se declara.
En consideración a los argumentos ut supra destacados, este Juzgado del Municipio Valmore Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la acción de COBRO DE BOLIVARES interpuesta por la ciudadana LISSET CAROLINA FRANCO GONZALEZ en contra del ciudadano ANIBAL DE JESUS DUARTE ALBORNOZ, y se ordena:
PRIMERO: Al ciudadano ANIBAL DE JESUS DUARTE ALBORNOZ pagar a la ciudadana LISSET CAROLINA FRANCO GONZALEZ la cantidad de Bs. 4.667,oo.
SEGUNDO: CONDENAR en costas al demandado por haber sido vencido totalmente.
TERCERO: Dejar copias certificadas por Secretar.....