obligación de manutención. SEGUNDO: Asimismo, para gastos de navidad y fin de año se fija, adicional a la obligación de manutención mensual, la cantidad equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) de lo que por concepto de aguinaldos ó bonificación de fin de año perciba cada año el demandado ALIRIO JOSE PERNIA, como funcionario adscrito a la Policía Regional de la Gobernación del Estado Zulia. TERCERO: Para cubrir los gastos propios de la época escolar que puedan generar los niños PERNIA MONTIEL, actualmente con edad escolar, se le retendrá al ciudadano ALIRIO JOSE PERNIA, adicional a la obligación de manutención, la suma equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%), del bono vacacional que percibe como funcionario de la Gobernación del Estado Zulia, que le corresponde anualmente. CUARTO: Igualmente deberá retenerse el cien por ciento (100 %) de lo correspondiente a útiles escolares por hijos que recibe el ciudadano antes identificado, el cien por ciento (100 %) de lo correspondiente a J.....