Por los argumentos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: NIEGA la Medida Cautelar de Prohibición de salida del pais solicitada por la parte actora y su representación judicial. Así se decide. Cúmplase y déjese copia de la presente decisión. Años 215° y 166°.-
El Juez
Abg. Mario Montalvan
La Secretaria
Abg. Carmen Cordero