DISPOSITIVO:
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia por autoridad de la Ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, se declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por Sociedad Mercantil CONSORCIO PRECOWAYSS, en contra de la Providencia Administrativa No. de fecha 10 de marzo de 2016, proferida por la Inspectoría del Trabajo Sede "Dr. Luís Hómez", dictada en el expediente No. 042-2016-01-00451, en la cual se ratificó el contenido del auto de fecha 10/03/2016 en donde se declaro CON LUGAR la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos incoada por el ciudadano ALONZO VILLARRETA, en contra de la Sociedad Mercantil CONSORCIO PRECOWAYSS.
SEGUNDO: SE ANULA el Acto Administrativo dictado mediante Providencia Administrativa de fecha.....